La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó una modificación profunda al Código de Tránsito y Transporte que elimina el descuento automático de puntos por pago voluntario de multas.

La iniciativa, impulsada de forma conjunta por legisladores porteños y el Poder Ejecutivo de la Ciudad, fue validada con 37 votos afirmativos, 17 abstenciones y dos negativos. El eje central de la normativa radica en que la quita de puntos solo podrá aplicarse una vez que exista una resolución sancionatoria firme dictada por un controlador administrativo de faltas o una sentencia judicial firme.

De esta manera, el conductor que decida abonar de manera voluntaria una infracción podrá acceder a la bonificación económica prevista sin que esto implique aceptar la pérdida de puntos. No obstante, las sanciones se mantendrán vigentes y se aplicarán al cumplirse las condiciones reglamentarias. El texto oficial mantiene la posibilidad de pagar con una bonificación del 50% dentro de los 40 días corridos desde la notificación, aunque se excluyen expresamente las conductas más peligrosas como la conducción bajo los efectos de alcohol o estupefacientes, exceso de velocidad superior al 30% y violaciones de barreras ferroviarias.

Nuevas reglas para recuperar puntos y plazos de inhabilitación

Otro de los puntos fundamentales de la reforma es la modificación en los mecanismos de recuperación de puntaje. Los conductores podrán limpiar su historial mediante la aprobación de cursos de educación y seguridad vial, con una frecuencia anual que variará según la gravedad de la falta cometida, desde tres veces al año para infracciones menores hasta una sola vez para las más complejas.

La norma también estipula que los descuentos parciales quedarán sin efecto de oficio tras 18 o 36 meses, siempre y cuando el conductor no haya agotado su puntaje ni registre deudas pendientes. En tanto, aquellos automovilistas que alcancen los cero puntos sufrirán períodos de inhabilitación diferenciados y deberán reiniciar todo el trámite de otorgamiento para volver a obtener la licencia de conducir en el distrito.

La flamante normativa entrará en plena vigencia a los 60 días hábiles de su publicación oficial en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, marcando un nuevo paradigma en el control vial porteño.