La ex presidenta **Cristina Kirchner** fue oficialmente excluida del padrón provisorio para las próximas elecciones presidenciales debido a su condena firme en la causa Vialidad y su inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.
La justicia electoral publicó el padrón provisorio para los comicios del año próximo y en la consulta pública se constata que no figura registrada la ex mandataria. Al ingresar sus datos, el sistema arroja que no se han encontrado resultados debido a su exclusión legal. Fuentes judiciales ratificaron que la medida responde directamente a la condena a seis años de prisión e inhabilitación dictada en su contra, la cual fue confirmada por la **Corte Suprema de Justicia** el año pasado.
La situación genera un escenario inédito en el ámbito político y judicial argentino. El Código Penal y el Código Nacional Electoral estipulan que la inhabilitación para ejercer cargos públicos conlleva la privación del derecho electoral y la exclusión de los registros. Si bien inicialmente la justicia electoral de Río Gallegos había decidido mantenerla habilitada para emitir su voto, la **Cámara Nacional Electoral** revocó ese criterio basándose en la sentencia firme comunicada formalmente.
Un escenario sin antecedentes judiciales
La exclusión del padrón acarrea además otras prohibiciones de carácter estricto establecidas en la ley de partidos políticos. La normativa vigente impide ser precandidato, candidato a cargos electivos y también prohíbe la afiliación partidaria a quienes se encuentran fuera del registro electoral. Por este motivo, la ex presidenta debió dejar oportunamente la presidencia del **Partido Justicialista** tras confirmarse el fallo judicial en su contra.
A pesar de estas restricciones legales y de cumplir actualmente prisión domiciliaria en la calle San José, el sector kirchnerismo mantiene abierto el debate sobre una posible postulación y discute si la inhabilitación impide presentarse a una interna partidaria. Expertos legales señalan que, de concretarse una inscripción como candidata, la **Cámara Nacional Electoral** deberá intervenir en un caso sin precedentes directos, dado que antecedentes como el del expresidente **Carlos Menem** en 2017 diferían al no contar con condenas firmes al momento de su postulación.