La Cámara Criminal y Correccional de 3 Nominación difundió los fundamentos del fallo que absolvió a Gustavo Omar Herrera del crimen de su hermana Gabriela Pérez y de la tentativa de homicidio.
El tribunal integrado por los vocales Gustavo Ispani, Ángeles Palacio y Leandro Quijada, junto con los jurados populares, fundamentó la decisión en que las pruebas analizadas no permitieron comprobar fehacientemente que el acusado haya sido el autor material del ataque armado perpetrado en las inmediaciones del club Yapeyú.
Uno de los ejes centrales de la resolución radica en los estudios antropométricos realizados durante el proceso judicial. Según explicó la camarista Ángeles Palacio de Arato, las pericias determinaron que existe una diferencia de altura significativa, de entre 5 y 7 centímetros, entre la persona que quedó registrada en las cámaras de seguridad del club y el imputado Gustavo Omar Herrera. Esta incongruencia física, sumada a que las prendas de vestir secuestradas tampoco coincidían con las del tirador, dejó al tribunal en un estado de duda insuperable.
La interna de la barra brava detrás del ataque armado
Asimismo, la sentencia desestimó por completo la hipótesis de que el violento episodio estuviera vinculado a un conflicto gremial del Sindicato de Obreros y Empleados de Empresas de Limpieza, Servicios y Afines de Córdoba, conocido como Soelsac. Para los magistrados, las acciones desplegadas tuvieron su origen exclusivo en la disputa por la conducción de la facción de la barra brava del club Talleres denominada La Fiel.
En su resolución, el tribunal destacó que el propio imputado Adrián Vallejos admitió que sus diferencias con Hugo Cardozo, uno de los destinatarios de los disparos, giraban en torno al liderazgo de la barra y no a cuestiones sindicales. Cabe recordar que Vallejos recibió una condena de ocho años de prisión al ser hallado culpable como partícipe secundario del homicidio agravado por el uso de arma de fuego.