El Gobierno Provincial formalizó la promulgación de la Ley Nº 11.326 que endurece las medidas contra los morosos alimentarios y restringe su acceso a espectáculos públicos y salas de juego en todo el territorio.

A través de su publicación en el Boletín Oficial, se dio curso definitivo a este nuevo marco normativo que modifica el régimen del Registro de Deudores Alimentarios. La iniciativa había recibido su media sanción en noviembre del año pasado en la Cámara de Diputados y alcanzó la sanción definitiva en octubre tras su aprobación en el Senado provincial.

Para lograr una efectiva aplicación territorial, la flamante norma estipula que los municipios que se adhieran a la ley tendrán la responsabilidad de informar a los organizadores de los distintos eventos sobre este requisito obligatorio. De esta manera, los responsables de cada convocatoria deberán exigir el certificado registral correspondiente antes de permitir el ingreso del público.

Restricciones en casinos y salas de juego

La promulgación dictamina además un impacto directo sobre el sector del entretenimiento nocturno y las apuestas comerciales. En este sentido, la legislación determina de manera taxativa que las salas de juego y casinos de Entre Ríos deberán prohibir de forma terminante la entrada a todas aquellas personas que figuren activamente en el Registro de Deudores Alimentarios.

En cuanto a la operatividad concreta dentro de las casas de azar, la medida promulgada contempla una articulación institucional específica que se llevará a cabo de manera progresiva. Dicho trabajo conjunto se coordinará entre el I.A.F.A.S y las autoridades encargadas del mencionado registro provincial.

Tras completarse el paso legislativo y la posterior promulgación ejecutiva, la normativa concluye especificando que la forma definitiva de implementación quedará sujeta a la reglamentación que dicten los organismos intervinientes según cada caso particular.