La Justicia de Salta condenó a Carlos Salis Villarroel Gutiérrez a ocho meses de prisión de ejecución condicional por el delito de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar, tras comprobarse que abandonó el pago de la cuota alimentaria de sus cinco hijos durante más de diez años.

La sentencia fue dictada por el juez Maximiliano Troyano, quien homologó un acuerdo de juicio abreviado alcanzado en una audiencia donde intervino el fiscal penal de Violencia Familiar y de Género N.º 2, Ramiro Ramos Ossorio. La causa se originó a partir de la denuncia de la madre de los menores, quien señaló que desde el año 2014 el progenitor dejó de cumplir con el aporte del 50 por ciento de sus haberes, tal como lo establecía la resolución judicial vigente.

Durante el proceso judicial, cuatro de los hijos del condenado prestaron declaración y expusieron las graves dificultades económicas que debieron afrontar para cubrir necesidades básicas como alimentación, vestimenta y educación. Un informe bancario contundente respaldó los testimonios al confirmar que la cuenta judicial destinada a los depósitos registraba saldo cero y no presentaba movimientos desde hace una década.

Si bien el acusado intentó justificar su accionar alegando períodos de desempleo y entregas informales de dinero, la Fiscalía desestimó sus argumentos al acreditar que el hombre realizó actividades laborales en diversos lapsos sin efectuar los aportes correspondientes. La acusación se sostuvo mediante resoluciones del fuero de Familia, declaraciones testimoniales y la documentación del Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

Reglas de conducta impuestas

Además de la pena de prisión condicional, el magistrado impuso al condenado una serie de reglas de conducta que deberá cumplir estrictamente durante los próximos dos años. Entre las obligaciones se encuentran la fijación de un domicilio real, la prohibición de cometer nuevos delitos y la abstención del consumo de drogas o el abuso de alcohol.

Asimismo, el hombre deberá someterse a un tratamiento psicológico tras una evaluación profesional y acreditar fehacientemente una actividad laboral o de capacitación. El incumplimiento de cualquiera de estas medidas podría derivar en la revocación de la condicionalidad de la pena, obligándolo a cumplir el tiempo de prisión de manera efectiva.